Autonomía de la UNAM, ¿permiso para el crimen y la ilegalidad?
El arqueólogo Alfonso Caso, rector de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) entre 1944 y 1945, decía “con fino humorismo” que ser rector de la Universidad es como ser “una especie de jefe de un hipotético estado sin policía ni ejército y también sin capacidad para allegarse por sí mismo un presupuesto”.
El ingreso del ejército nacional y la ocupación del campus universitario en 1968 para reprimir el movimiento estudiantil sentaron un precedente que a la fecha no se olvida, al grado que la matanza del 2 de octubre estableció un acuerdo tácito entre las autoridades gubernamentales y las universitarias: las fuerzas del orden público no entran a Ciudad Universitaria.
Desde entonces el acuerdo solo se ha roto de manera oficial en una ocasión: en febrero del 2000 la policía federal entró al campus para poner fin a una huelga estudiantil por orden de Ernesto Zedillo Ponce de León, entonces presidente de la república.
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A pesar de que para muchos universitarios es inconcebible el ingreso de policías, militares y representantes del gobierno al territorio universitario, no hay un solo documento legal que reconozca que la autonomía le da a la Universidad una suerte de independencia con respecto a las autoridades locales y federales.
El espacio escultórico se ha convertido en una zona vulnerable con poca vigilancia.
El artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la fracción VII, define con claridad qué implica la autonomía de la universidad:
“[Las] instituciones de educación superior a las que la ley otorgue autonomía, tendrán la facultad y la responsabilidad de gobernarse a sí mismas; realizarán sus fines de educar, investigar y difundir la cultura […] respetando la libertad de cátedra e investigación y de libre examen y discusión de las ideas; determinarán sus planes y programas; fijarán los términos de ingreso, promoción y permanencia de su personal académico; y administrarán su patrimonio.”
Como es evidente, en ningún lugar se observa una cláusula que indique que la Universidad y su territorio sean ajenos a las leyes de seguridad locales o nacionales, que las fuerzas policiales locales no puedan perseguir infractores al interior del campus o que la UNAM sea una tierra de nadie en la que se pueden cometer con impunidad cualquier cantidad de ilícitos sin castigo alguno.
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No obstante, el actual rector de la Universidad, Enrique Graue, y el comisionado nacional de seguridad, Renato Sales Heredia, refrendan con sus declaraciones el acuerdo. A pesar de los problemas de narcomenudeo y delincuencia que enfrenta la UNAM, las autoridades locales y federales se mantendrán por un lado y las universitarias por otro.
Graue señaló que la UNAM enfrentará con sus propios medios los problemas de seguridad, pues consideró que “solicitar desalojos por las fuerzas policiales entraña un riesgo de violencia armada en donde pueden salir lesionados inocentes, y no por ello se podría garantizar ausencia permanente de narcomenudistas”.
Por su parte, Sales Heredia reiteró el pasado 25 de febrero que la policía federal ingresará a las instalaciones de la Universidad únicamente a petición de las autoridades universitarias.
MÁS INFORMACIÓN: Estatuto General de la Universidad Nacional Autónoma de México, Universidad Nacional Autónoma de México, 2018.
MÁS INFORMACIÓN: Ley Orgánica de la Universidad Nacional Autónoma de México, Universidad Nacional Autónoma de México, 2018.
MÁS INFORMACIÓN: Humanidades, ciencias sociales y autonomía universitaria, Revista de la Universidad de México, 2012.