Apenas entré a trabajar ¿Necesito pagar impuestos?
Si acabas de empezar a trabajar y te preguntas si debes pagar impuestos, la respuesta es: Sí, pero la forma de hacerlo depende de la manera en que hayas sido contratado.
Si eres asalariado, es decir, cada quincena o mes recibes tu sueldo en una cuenta de nómina, la empresa para la que trabajas se encarga de pagar todos tus impuestos.
El único trámite que debes hacer como asalariado es presentar tu declaración anual, y hacerlo también requiere de cumplir algunos requisitos.
- Si tu salario mensual es mayor a 33 mil 333 pesos.
- Si tienes dos o más trabajos formales.
- Si además de tu trabajo por salario cobras por honorarios.
Si no reúnes las condiciones anteriores, no debes preocuparte. Pero si cumples con al menos uno, cada mes de abril debes presentar tu declaración anual, que puedes hacer personalmente o solicitar a un contador que la realice.
Para poderla realizar, necesitas tener facturas de todo lo que pagues, especialmente:
- Servicios médicos dentales o servicios hospitalarios
- Intereses reales pagados por créditos hipotecarios
- Aportaciones complementarias a tu Afore
- Primas por seguros de gastos médicos
- Transportación escolar obligatoria
- Donativos
- Gastos funerarios
- Colegiaturas
Estas facturas te ayudarán a contar con deducciones fiscales y devoluciones de impuestos.
Este es el link que te llevará a la presentación de la declaración anual.
Ahora, si estás contratado por servicios profesionales, mejor conocidos como “por honorarios”, el pago de impuestos es más complejo.
Cada mes debes presentar tus declaraciones, pagar tus impuestos y presentar tu declaración anual en abril. Esto además de expedir un comprobante de nómina por tus servicios.
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Todo esto lo puedes hacer por cuenta propia a través de la página del SAT o puedes contratar a un contador para que realice las declaraciones por ti. Es importante que factures todo lo que pagues.
Los gastos que se pueden deducir de acuerdo con el SAT son:
- Gastos que sean necesarios para la actividad
- Inversiones que sean estrictamente necesarias para la actividad
- Intereses pagados
- Cuotas al IMSS
- Impuesto local a la actividad profesional o empresarial
- Pago de arrendamiento de local u oficinas
- Luz
- Teléfono
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