SCT hace a un lado a la CRE y regula transportación de hidrocarburos; la CRE se desmorona
La Comisión Reguladora quedó inoperativa con la renuncia de Montserrat Ramiro, dejando al órgano autónomo con tan solo tres de siete comisionados que debería tener.
Por ley, para que el órgano de gobierno de la CRE sesione es necesaria la asistencia de al menos cuatro comisionados. El presidente es quien debe proponer a los candidatos para suplir a los comisionados y ser ratificados por el Senado, sin embargo, hasta el momento el ejecutivo no ha enviado ninguna propuesta, y tampoco ha hecho declaraciones sobre en qué momento lo hará.
Mientras tanto, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) registró ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) un acuerdo para regular el autotransporte federal de carga de hidrocarburos aplicable para la empresa productiva del estado, Petróleos Mexicanos, algo que en teoría es trabajo de la CRE.
De acuerdo con el artículo 41 de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética, la CRE deberá regular y promover el desarrollo eficiente del transporte, almacenamiento, distribución, compresión, licuefacción y regasificación, así como el expendio al público de petróleo, gas natural, gas licuado de petróleo, petrolíferos y petroquímico.
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El documento registrado por la SCT ahonda en detalles técnicos más que nada. Describe que las unidades vehiculares de arrastre que se autoricen al amparo de la presente modalidad serán de capacidad máxima de 43 mil litros y que el manejo de estas será solamente realizado por conductores con licencia federal.
Además, se detalla que será necesaria una póliza de seguro vigente de responsabilidad civil obligatorio por daños a terceros en sus bienes y personas por la conducción del vehículo o la carga, cuando menos por un monto de un millón 605 mil 310 pesos y una póliza de seguro de responsabilidad ambiental vigente por un monto de cuando menos 900 mil pesos, ambas expedidas por alguna institución de seguros establecida en el territorio nacional.
El proyecto de la SCT se publicó el 28 de enero de 2019, mismo día que la secretaria de energía, Rocío Nahle, declaró ante los medios que la idea de un centro logístico de regulación del transporte y almacenamiento de petrolíferos había sido desechada.
La propuesta de un centro de logístico que regulara el transporte y almacenamiento de hidrocarburos fue criticada por la iniciativa privada al sobreponer sus responsabilidades con las de la CRE, por lo que empresarios advirtieron que se caería en una sobrerregulación.
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Al igual que el centro logístico propuesto originalmente por la Sener, la nueva regulación de la SCT solicitó exención de Manifestación de Impacto Regulatorio (MIR). De otorgárselo, este acuerdo podría ser publicado en el Diario Oficial de la Federación sin análisis ni discusión.
El Análisis o Manifestación de Impacto Regulatorio constituye una herramienta que busca asegurar que las decisiones de política pública y regulaciones que adoptan las autoridades se basen un riguroso análisis costo-beneficio.
El artículo 67 de la Ley General de Mejora regulatoria señala que: “los Análisis de Impacto Regulatorio deben contribuir a que las regulaciones se diseñen sobre bases económicas, empíricas y del comportamiento, sustentadas en la mejor información disponible, así como promover la selección de alternativas regulatorias cuyos beneficios justifiquen los costos que imponen y que generen el máximo beneficio para la sociedad”.
La nueva regulación propuesta por la SCT deja de nuevo apartada totalmente a la Comisión Reguladora de Energía, la cual golpeada presupuestalmente y quedando prácticamente inoperativa, hasta ahora no tiene voz y voto en el actuar energético de la administración de Andrés Manuel López Obrador.