Pérdida de derechos laborales en centros de investigación del país, sin salida fácil
Sin cambios al marco jurídico, los centros públicos de investigación (CPI) del país seguirán en su actual situación de pérdida de sus derechos laborales.
En octubre del año pasado la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió sustituir la jurisprudencia P./J.1/96, que llevaba vigente un cuarto de siglo, por la P./J. 10/2021. El cambio establece una “libertad configurativa” sobre el régimen laboral de los organismos públicos descentralizados (OPD) y generó inmediatamente preocupación entre los investigadores y personal administrativo de los CPI, como el Colegio de la Frontera Norte (Colef), el Instituto Nacional de Astrofísica, Óptica y Electrónica (INAOE) y el Centro de Investigación Científica y de Educación Superior de Ensenada (CICESE), entre otros.
“La jurisprudencia 1/96 permitía que una serie de trabajadores empleados por los organismos públicos descentralizados, que por su trabajo no son burócratas ni personal de confianza sino investigadores, académicos y personal de apoyo, fuera contemplados dentro del apartado A [del artículo 123 de la Constitución]. Eso implica ganar derechos: a sindicalización, a contratación colectiva, a emplazar a huelgas”, señala María Eugenia Aguilar Jiménez, secretaria general del Sindicato de Investigadores y Profesores del Colef (Sipcolef).
La entrada en vigor de la jurisprudencia 10/2021, de acuerdo con la misma Corte, buscaba borrar las contradicciones administrativas que habría creado la decisión de 1996 por la falta de criterios claros para su aplicación. Y en su momento, se hizo la promesa a los empleados y sindicatos en los centros de investigación que no se aplicaría la medida retroactivamente, afirmando que se respetarían los derechos de los CPI que hubieran hecho la transición del apartado B al A previo al cambio de jurisprudencia. Sin embargo, la promesa no se ha mantenido.
“En dos centros de investigación donde emplazamos a huelga por revisión salarial, una jueza de distrito en materia laboral de la Ciudad de México (CDMX) se declara incompetente [para determinar a qué apartado pertenecen las instituciones] y rechaza el derecho de emplazamiento y negociación. Ya teníamos fecha de negociación con la dirección de ambos centros, pero en cuanto los directivos reciben el comunicado sobre la incompetencia, se rompe la buena voluntad, y niegan a sentarse a negociar”, afirma Manuel Escobar Aguilar, coordinador general de la Federación Nacional de Sindicatos del Sector de Ciencia y Tecnología (Fenasscyt).
Estos incidentes coinciden con las advertencias que otros investigadores, representantes sindicales y colaboradores de estos centros de investigación habían hecho en cuanto inició la aplicación de la nueva jurisprudencia. Específicamente, que la resolución de la Corte permitiría al gobierno “tomar la decisión [de a qué apartado pertenece cada CPI] de forma arbitraria”.
Además, las condiciones legales bajo las que se dio este cambio hacen difícil que las condiciones de los centros de investigación y sus trabajadores cambien en el corto plazo. “No es un cambio de ley, sino de jurisprudencia. [Entonces no podrías promover una acción de inconstitucionalidad contra la jurisprudencia] porque fue la misma Corte la que determinó el nuevo criterio. [Sin embargo], de principio, la ley de amparo dice que una jurisprudencia no puede ser retroactiva. Entonces, quienes estuvieron en el apartado A hasta antes del cambio de tesis [de la Corte] no se les podría regresar al B”, afirma Carlos de Buen Unna, director general del Bufete de Buen y experto en derecho laboral.
Lo anterior quiere decir, de acuerdo con el especialista en materia laboral, “en todo caso afectaría a los trabajadores que entren después de la jurisprudencia. [Pero los sindicatos de centros de investigación que se formaron mientras se tenía el beneficio del apartado A] siguen teniendo el derecho de negociación colectiva, la titularidad de un contrato colectivo de trabajo, y el derecho de huelga […]. Si hoy, una junta de conciliación de arbitraje o uno de los nuevos juzgados se declarara incompetente para conocer de algún tema de un sindicato de un OPD o un CPI, ahí sí cabría un amparo. Pero no sería contra la jurisprudencia nueva. Sería por aplicar retroactivamente la jurisprudencia nueva. Son dos cosas distintas”.
En este sentido, los sindicatos de los centros de investigación afectados están conscientes que la pelea por asegurar sus derechos laborales a futuro es complicada. De acuerdo con Escobar Aguilar, “ya no podemos hacer nada para revertir la jurisprudencia y recuperar la 1/96. A lo mejor con el tiempo, y después de mucho tiempo, podríamos aspirar a rehacer una jurisprudencia que en realidad convenga a todas las partes […]. Toda esta discusión es por el tema presupuestal y administrativo que quieren imponer en la función pública […]. Nuestro plan de acción ahora es el amparo, […] y posteriormente sería ir a la Corte Interamericana o a denunciar ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT) […]. Ese sería nuestro último camino, que es muy largo […]. Solo nos queda patalear”.
Y en este sentido, concluye Aguilar Jiménez, la mejor solución sería crear un nuevo marco jurídico que elimine la vulnerabilidad laboral y administrativa de los centros de investigación desde la raíz.
“Necesitamos un mecanismo que unifique a los centros de investigación […]. En los CPI hay de chile, mole y manteca. Tenemos orígenes y estatutos de creación muy diversos porque no estábamos todos bajo el abanico del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt). Ahora sí lo estamos. Por eso necesitamos un criterio que permita homologar qué somos, en términos jurídicos. Cómo funcionamos. Hacia allá tendríamos que avanzar. Porque eso significaría darle el respaldo, su lugar a estos espacios que hacen ciencia”, afirma.