Los jefes del Senado
Voy a relatarles algo que nunca debió haber ocurrido pero que sucedió frente a las narices de todos, sin que nadie se percatara y sin que ni siquiera hoy sepan que aconteció.
Puedo legítimamente hablar de ello porque como diputada de la LXII Legislatura y promovente de la mal llamada “reforma estructural de telecomunicaciones”, fui coautora y defensora de los textos presentados para su aprobación por el Congreso de la Unión, y fui testigo de primera instancia de lo que sucedió en cada momento en ambas cámaras, hasta su aprobación final.
Permítanme ponerlos en antecedentes para explicar el asunto:
Antes de que nuestro país se abriera a los mercados internacionales, el combate a los monopolios era un sinsentido: el propio sistema los propiciaba en el sector público, y los promovía –a través de concesiones exclusivas otorgadas de manera “graciosa” por el Ejecutivo a los particulares.
Carlos Slim y Emilio Azcarraga hijo, ambos empresarios mexicanos y dueños de monopolios en el país.
Así que no fue sino hasta la incorporación de México al GATT y al TLCAN, cuando nuestros gobernantes consideraron conveniente cumplir con lo dispuesto en el Artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos respecto a los monopolios, y expidieron en 1992, la Ley Federal de Competencia Económica que se limitó a crear y facultar a la nueva Comisión Federal de Competencia (CFC), para que investigara denuncias de “prácticas monopólicas”.
Sin embargo, la ley se limitaba a actuar si, y solo si, se comprobaba que el participante en un determinado mercado tenía, y había ejercido poder suficiente para desplazar sus competidores o imponer barreras de entrada: es decir, que “muerto el niño se procediera a tapar el pozo”.
Pues bien, en lo que a la prensa se dio por llamarle la “reforma estratégica de telecomunicaciones” en realidad se incluyeron una serie de modificaciones constitucionales enfocadas exclusivamente a fortalecer los mecanismos de control de los grupos monopólicos –aquellos que a lo largo del tiempo habían acumulado tanto poder económico que eran capaces de doblegar a las instituciones del Estado.
De hecho, la reforma constitucional transformó a la CFC de un organismo dependiente del ejecutivo a un órgano autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio, con objetivos y facultades mucho más amplias, como por ejemplo garantizar la libre competencia, “prevenir, investigar y combatir los monopolios, las prácticas monopólicas…” y “regular el acceso a insumos esenciales, y ordenar la desincorporación de activos, derechos partes sociales o acciones de los agentes económicos, en las proporciones necesarias para eliminar efectos anticompetitivos.” Esto es, en pocas palabras, dividir monopolios.
Te puede interesar:Defender el TLCAN para repensar México, 13 de junio de 2017.
Además estableció que: “las normas generales, actos y omisiones de la nueva Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) y del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) podrán ser impugnados únicamente mediante juicio de amparo indirecto y no serán objeto de suspensión” (el subrayado es mío); y creó tribunales especializados para dirimir las controversias en materia económica y de telecomunicaciones.
Pero si a la inmensa mayoría pasó desapercibido que la llamada “reforma estratégica de telecomunicaciones” también incorporaba modificaciones de la mayor relevancia en términos de la sana competencia en el país; ciertamente no sucedió lo mismo con quienes podían verse afectados.
Estos grupos –preocupados porque sus prácticas podrían ser objeto inmediato de las sanciones previstas en la enmienda constitucional, de inmediato hicieron voz de sus preocupaciones ante quienes más fácilmente podían responder a ellas: esto es, el Senado de la República.
Te puede interesar: Sistema Nacional Anticorrupción, un tablero de ajedrez sin sus piezas clave, 17 de julio de 2017.
Vocero de las “preocupaciones” del Consejo Coordinador Empresarial, el Senador Emilio Gamboa las presentó al coordinador de la bancada perredista del Senado, el Senador Miguel Barbosa:
El CCE argumentaba que las reformas al artículo 28 constitucional privaban a los particulares la posibilidad de obtener la suspensión provisional y definitiva de un juez, en relación con las decisiones de la nueva Comisión Federal de Competencia Económica, lo cual podría traer aparejados serios riesgos para el Estado (en cuanto a reparación de daños o indemnización).
Nada se dijo respecto a los irreparables quebrantos a la competencia, los mercados, los competidores y la sociedad que implicaba el dilatar la ejecución de la sentencia, ni las terribles consecuencias para los individuos y fuentes de trabajo que se perderían entretanto.
Empero, entre ambos senadores y sus equipos buscaron solución a la problemática, puesto que de inicio se enfrentaban con la problemática de que la “suspensión” no aplicaba por la reciente modificación a la Ley de Amparo en la que se estableció que ningún concesionario podía ser beneficiario de la suspensión del acto de una autoridad. Y ellos querían ser magnánimos.
Así que encontraron una fórmula ingeniosa y canalla que quedó plasmada en nuestra Constitución y que a la letra reza:
…”Solamente en los casos en que la Comisión Federal de Competencia Económica imponga multas o la desincorporación de activos, derechos, partes sociales o acciones, éstas se ejecutarán hasta que se resuelva el juicio de amparo que, en su caso, se promueva.”…
No debemos olvidar que esta modificación al texto original de la reforma, de ninguna manera puede ser imputable a tan solo dos senadores. El Senado es un órgano colegiado por 128 miembros, y que para que una enmienda constitucional sea aprobada ésta debe contar con el voto favorable de dos terceras partes de los presentes.
Te puede interesar: ¿Cómo participar en la consulta del TLCAN?, 20 de julio de 2017.
Por tanto, no fueron pocos sino la mayoría calificada de los miembros del Senado de la República, los que estuvieron prontos a satisfacer a quienes, en la práctica, obstruyen el desarrollo nacional como consecuencia de la concentración de riqueza y poder -que está en el núcleo de nuestra desigualdad; cuando en sus manos estaba someter, con los instrumentos de la ley y en un ambiente de libertad a esos intereses particulares que obstruyen el interés nacional.
Twitter: @PuriCarpinteyro