NOM-037: Una encrucijada para el home office en México

La Norma-037 busca establecer condiciones óptimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo donde las personas laboran bajo la modalidad de teletrabajo, también llamado “Home Office”, aunque las implicaciones de la misma podrían rozar los riesgos de una “sobre regulación”.
3 Agosto, 2023 Actualizado el 4 de Agosto, a las 18:14
Muchas empresas no se encuentran preparadas para adoptar las responsabilidades dispuestas en la NOM-37. (Imagen: iStock)
Muchas empresas no se encuentran preparadas para adoptar las responsabilidades dispuestas en la NOM-37. (Imagen: iStock)
Arena Pública

El teletrabajo, también conocido como Home Office, no se había volteado a ver con tal urgencia hasta que la pandemia obligó a trabajar desde casa. A partir de ese momento, el mundo laboral cambió, al menos para aquellos que laboraban en la oficina. Después de una primera regulación a la Ley Federal del Trabajo en  2021, ahora la nueva norma 037 (NOM-037), publicada oficialmente en el Diario Oficial de la Federación a principios del mes de junio, busca establecer las condiciones de seguridad y salud en los lugares donde se desempeña el teletrabajo, precisamente, desde casa. 

Esta norma es aplicable a cualquier empleo en el que al menos el 40% de las actividades se realicen desde el hogar. Luisa María Alcalde, titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), previamente compartió la firma del documento relacionado con esta regulación. Se espera que la normativa entre en rigor seis meses después de su publicación oficial, es decir, comenzará a operar a finales de año.

Las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) son un conjunto de regulaciones técnicas y estándares establecidos por el Gobierno de México a través de diferentes autoridades y entidades gubernamentales. La NOM-037, en específico, tiene como propósito “establecer las condiciones de seguridad y salud en el trabajo en los lugares de trabajo en donde las personas trabajadoras bajo la modalidad de Teletrabajo realicen sus actividades, a fin de prevenir accidentes y enfermedades, así como promover un medioambiente seguro y saludable en su entorno laboral”, según el documento publicado, además de aplicarse en toda la República Mexicana, en todos los centros de trabajo que cuenten con personas trabajadoras bajo la modalidad de Teletrabajo. 

Esta norma se deriva de la primera regulación en 2021, misma que abordó el término “teletrabajo”, y que estableció las obligaciones que tanto empleadores como trabajadores deben cumplir. Se reconoció el desempeño de actividades remuneradas en lugares distintos al establecimiento del patrón, y que no requerían la presencia física en el centro de trabajo.

Pero la nueva norma llegó para poner énfasis estricto en la salud y las condiciones laborales del centro de trabajo de los empleados. “Se contemplaron las condiciones elementales y las medidas específicas de prevención que deberán adoptarse en los lugares de trabajo que determinen de común acuerdo los patrones y las personas teletrabajadoras, ello con el fin de prevenir eventos que pongan en peligro su integridad física, su vida y su salud a través de una normatividad en materia de seguridad y salud en el trabajo acorde con los avances tecnológicos y con enfoque preventivo de las enfermedades laborales y accidentes de trabajo”, señaló la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) en el proyecto que sometió a consulta pública en julio del año pasado.

Esta norma era necesaria. Jimena Sánchez, socia de la firma D&M Abogados, especializada en materia laboral, considera que esta normativa aborda las preocupaciones que surgieron tras un primer acercamiento de regulación.

“Nosotros no tuvimos por mucho tiempo ninguna figura que regulara el trabajo a distancia a través de TIC como lo tenemos hoy en el capítulo de teletrabajo. En un periodo post pandemia, muchas empresas optaron por regresar a un formato 100% presencial, y yo creo que muchos se dieron cuenta de que la modalidad había llegado para quedarse”, dijo en entrevista. “Surge esta necesidad de regularlos, surge la reforma en materia de teletrabajo en enero del 2021, y en consecuencia surgen muchas preguntas: ¿cómo vamos a garantizar la seguridad y la salud cuando la persona que trabaja no está en el centro de trabajo? ¿Qué mecanismos podemos implementar? ¿Cómo podemos asegurarnos de que la gente está en el lugar adecuado? Hay muchas afectaciones que pudieran tener consecuencias en la salud y seguridad de la gente que trabaja fuera del centro de trabajo, por eso surge esta necesidad de regular”, señala. 

Entre las disposiciones que traerá la nueva norma, también conocida como la regulación del trabajo desde el hogar o "Ley Home Office", destacan la introducción de una serie de responsabilidades que las empresas y supervisores deben cumplir al respecto de los empleados que desempeñan sus labores bajo esta modalidad. 

Los beneficios que los trabajadores deben recibir incluyen una silla ergonómica para trabajar, un pago proporcional para cubrir el uso de internet y electricidad, una computadora funcional, una impresora con tinta y todas las herramientas necesarias para llevar a cabo sus tareas. Además, tienen derecho a desconectarse después de cumplir su horario laboral.

La Ley Home Office establece que los empleados deben contar con un lugar adecuado para trabajar, que cumpla con requisitos de seguridad, iluminación, ventilación y que esté libre de exceso de ruido. Por otro lado, las empresas y jefes tienen la obligación de proporcionar un directorio de contacto a los empleados que trabajan desde casa para garantizar una comunicación adecuada. 

Sin embargo, se prohíbe el uso de mecanismos invasivos para verificar la disponibilidad o conexión de los empleados. Las cámaras, micrófonos o dispositivos de localización sólo serán de uso obligatorio para reuniones, videoconferencias, capacitaciones y aspectos relacionados con la seguridad e higiene en el lugar de trabajo. En cuanto a las obligaciones de los trabajadores en Home Office, la nueva ley establece que deben asistir a reuniones laborales, ya sea de manera presencial o virtual, para evitar el aislamiento y contribuir a la organización de las actividades. Estas reuniones deben ser solicitadas con anticipación y no a último momento.

Estos requerimientos puntualizan mucho la seguridad y la salud de los empleados, pero sin duda, ponen en discusión si las empresas podrían digerir la responsabilidad económica y administrativa que será necesaria para poder atender esta nueva disposición.

El claroscuro de la NOM-037

La normativa se aplicará a todas las empresas que, desde luego, cuenten con apego legal y que tengan estipulado un contrato; es decir, que se encuentren en la formalidad, por naturalidad legal. En México, más de 32 millones de personas están trabajando en condiciones de informalidad, lo que representa un aumento al 55.23% de la población ocupada en el país. Según los datos más recientes de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), la tasa de informalidad ha aumentado desde el 54.85% registrado a finales de 2022. Se considera como población informal tanto a las personas laboralmente vulnerables como a aquellas cuyo vínculo o dependencia laboral no reconoce su fuente de trabajo.

Esto dejaría en rezago a las empresas en informalidad, pero incluso la norma podría ser un detonante para que este sector aumente. “Cuando la leíamos decíamos, 'están sobre regulando la figura de teletrabajo', esto va a provocar que muchas empresas no lo quieran implementar. Creo que sí es el efecto que provocó la norma de cierta manera”, dice Jimena Sanchez. “En mi experiencia, a mayor rigidez, mayor informalidad”, señala. 

Pero además, las empresas podrían buscar alternativas para que sus empleados no cumplan con ese 40% de su tiempo en trabajo desde casa. Una de esas alternativas es el esquema híbrido, en el que los trabajadores alternan sus días de trabajo entre presencial y home office.

“Creo que el esquema por el que han optado la mayoría de las empresas es un esquema híbrido y flexible, pero que no encuadre en el esquema de teletrabajo, para no adquirir todas estas cargas y obligaciones. En mi experiencia, lo que más he visto, son políticas de trabajo remoto, sin configurar el teletrabajo y sin que el periodo de tiempo que se desempeñan fuera del centro de trabajo rebase el 40% de su jornada de trabajo. He visto que las empresas han optado por mantener uno o dos días dependiendo del formato, pero al menos un día desde casa. De esa manera no podrían ni los trabajadores, ni el patrón, cumplir con las obligaciones y requerimientos”, señala Sanchez, quien ha representado a compañías nacionales y multinacionales ante las autoridades laborales.

Pero como explica Sánchez, muchas empresas no se encuentran preparadas para adoptar las responsabilidades dispuestas en la NOM-37: “Implica una carga administrativa considerable para el patrón, porque tiene que modificar contratos de trabajo, incluirse en la regulación del contrato colectivo y el reglamento interior. También se tiene que llevar un registro de todas las personas trabajadoras que se desempeñan bajo esta modalidad, y además se tiene que llevar un registro de las herramientas y de los insumos que se van a proveer: sillas, computadoras, audífonos, teclado, pantallas, etc. Implica una carga económica adicional sobre todo desde la perspectiva administrativa, y desde luego, hay que cubrir los gastos que incurran en el motivo del teletrabajo”, dijo en entrevista 

Esta normativa podría poner en encrucijada al Home Office en el país, pues las personas podrían ser obligadas a volver al sistema presencial, aunque la modalidad de trabajo desde casa tiene beneficios para los trabajadores. La medida establecida impone cargas significativas a los empleadores, lo que podría desincentivar el uso del teletrabajo.

Para Arturo Flores, product owner en Eintelligent, quien pasó de una modalidad presencial a una modalidad híbrida como consecuencia de la pandemia por COVID 19, el trabajo remoto ha traído consigo beneficios que prefiere frente al trabajo presencial. “Fue un beneficio en tiempo y descanso. Las horas que pasaba en el transporte, puedo ocuparlas en tiempo para mí. Prefiero la modalidad híbrida, incluso en el mejor de los casos, me gustaría estar completamente en Home Office. No veo la necesidad de ir a una oficina cuando se cuenta con las herramientas económicas para desempeñar las labores desde casa”, dijo en entrevista. 

A pesar de que la NOM-037 surge derivada de una primera regulación, es posible que necesite muchas más perspectivas que alienten a la creación de otras normas. Es un terreno que se encuentra en exploración, pero del cual hay que detectar las fugas y los retos desde todas las perspectivas posibles, aunque la tecnología siga a la orden el día, pues la regulación sigue siendo fundamental para el desarrollo. “Siempre recomiendo aun cuando implementan un esquema híbrido, que se encuentre regulado, y que la gente sepa cuáles son sus derechos y obligaciones, aun cuando no se encuentren en la figura de teletrabajo”, recomienda Sanchez.