IFAI reserva información sobre áreas asignadas a Pemex en Ronda Cero

Se reservó por 12 años -máximo periodo permitido por la Ley- los datos específica sobre la ubicación, naturaleza, características y contenido de las instalaciones estratégicas y ductos de transporte de petróleo y otros hidrocarburos.
18 Agosto, 2014 Actualizado el 19 de Agosto, a las 10:08
Los detalles de los campos otorgados a Pemex en Ronda Cero fueron consideradas secreto comercial por el IFAI.
Los detalles de los campos otorgados a Pemex en Ronda Cero fueron consideradas secreto comercial por el IFAI.
Arena Pública

La información detallada sobre los campos asignados por la Secretaría de Energía a Petróleos Mexicanos para su exploración y extracción en Ronda Cero, fueron clasificados como reservados por el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI), de acuerdo con el expediente RDA 1857/14.

Luego de que un ciudadano solicitará conocer a detalle dicha información, el comisionado Rosendoevgueni Monterrey Chepobv consideró que los datos solicitados se encontraban en los supuestos del artículo 13 y 14 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental:

Es decir, que se puede tratar como reservada por ser un “secreto comercial, industrial, fiscal... considerados como tal por una disposición legal” ó bien, si “compromete la seguridad nacional o pública; ó causa un serio perjuicio a las actividades de verificación de cumplimiento de las leyes…”

Así, se reservó por 12 años -máximo periodo permitido por la Ley- los datos específicos sobre la ubicación, naturaleza, características y contenido de las instalaciones estratégicas y ductos de transporte de petróleo y otros hidrocarburos.

Lo que incluye los diagramas, mapas de localización e incluso la programación de actividades futuras relacionadas con la exploración y explotación de hidrocarburos.

Y por un año el documento general donde Pemex solicita a la Sener los campos para la exploración y extracción durante la denominada Ronda Cero, conocido así el periodo que se concedió a la petrolera para que eligiera libremente, antes de la incursión de la iniciativa privada, el número y tipo de áreas a explotar conforme a su capacidad.

Uno de los alegatos de Pemex para no brindar la información solicitada fue que la divulgación de la ubicación exacta y las características de las instalaciones estratégicas de los campos elegidos colocaría a la futura empresa productiva en un estado de vulnerabilidad, pues se exponen a eventuales actos de destrucción o inhabilitación.


A FONDO: Consulta el expediente RDA 1857/14 con la resolución al folio de solicitud de información 1857200053614 resuelta por el comisionado Rosendoevgueni Monterrey Chepov.