Autonomía de reguladores del sector energético afectará interés público

Los órganos tendrán facultades que hoy tienen la SHCP, como el cobro.
21 Julio, 2014 Actualizado el 21 de Julio, a las 16:34
Algunas de las desiciones de los órganos reguladores sólo podrán ser impugnadas mediante juicio de amparo directo.
Algunas de las desiciones de los órganos reguladores sólo podrán ser impugnadas mediante juicio de amparo directo.
Arena Pública

La autonomía que tendrían los órganos que regularán el sector energético ante la próxima apertura a la iniciativa privada -la Comisión Nacional de Hidrocarburos, la Comisión Reguladora de Energía, y la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos- les dotará de una serie de facultades que están fuera de la estructura jurídica del país, de tal forma que podrían afectar el interés público, denunció el senador por el Partido del Trabajo, Manuel Bartlett Díaz.

Lo anterior durante su intervención en la discusión en lo particular del cuarto y último dictamen para regular las reformas al sector energético -aprobadas en diciembre pasado- y que crea dos leyes: la Ley de Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética y Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, además, incluye modificaciones a disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Entre otras facultades, Bartlett puntualizó que dichos órganos estarán al margen de las obligaciones que establezca la Ley porque se regirán por un código de conducta propio, que ellos mismos definirán, además, algunas de las decisiones que se tomen al interior de dichos organismos sólo podrán ser impugnadas mediante un juicio de amparo directo.

Otro punto que los coloca al margen del interés público son las áreas dentro de los organismos que no serán públicas, situación que el legislador calificó de “muy grave” porque al ser oganismos responsables de contratos millonarios su vigilancia cobra enorme importancia.

Además, los órganos privan a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de algunas de sus facultades, al estar dotadas para cobrar ciertos derechos para su subsistencia.

Por su parte, el senador del Partido de la Revolución Democrática Armando Ríos Peter, quien también se pronunció en contra del dictámen, advirtió que los órganos reguladores “si son órganos nuevos pero alineados al poder ejecutivo” ya que el Poder Legislativo no tiene injerencia ni en las atribuciones para elegir a consejeros de cada órgano, ni en la conformación de su presupuesto.

 

MÁS INFORMACIÓN: Quedará sin facultades CRE y CNH para regular actividad multinacionales:PT. Nota de Arena Pública del 21 de julio del 2014.