Empresas pagarían con empleos la explotación de tierras que tengan petróleo o gas

La Ley de Hidrocarburos permitiría que las compañías que arrenden terrenos a campesinos puedan pagarles su uso incorporándolos -a ellos y/o sus familias- a la fuerza laboral de la empresa, o bien, con el desarrollo de proyectos para beneficio de sus comunidades.
17 Julio, 2014 Actualizado el 17 de Julio, a las 16:58
Los dueños de tierras estarían obligados a negociar de manera directa con las petroleras y sin intervención del Estado.
Los dueños de tierras estarían obligados a negociar de manera directa con las petroleras y sin intervención del Estado.
Arena Pública

Con las modificaciones realizadas por las comisiones unidas de Energía y Estudios Legislativos Primera del Senado a la Ley de Hidrocarburos, las compañías que exploten tierras donde existan hidrocarburos no estarían forzadas a realizar pagos en efectivo por el uso de las mismas, pues tendrían la posibilidad de ofrecer contratos laborales o proyectos de desarrollo comunitario a cambio.

El artículo 101 de la citada Ley en su fracción VII asienta que las retribuciones que las compañías deberán ofrecer a ejidatarios por la explotación de sus terrenos podrán cubrirse en especie bajo las siguientes modalidades:

a) Compromiso de contratación al dueño de las tierras, a sus familiares o miembros de su localidad, como parte de la fuerza laboral de la empresa que explotará o usará los terrenos.

b) Comprar bienes e insumos o servicios prestados por el propietario de las tierras.

c) Compromisos para el desarrollo de proyectos en la comunidad donde se realicen los trabajos.

d) Una combinación de las opciones anteriores.

Si bien la ley determina que las contraprestaciones deberán ser proporcionales a las actividades realizadas en los terrenos, no se establecen mecanismos regulatorios específicos para determinar la duración de estos contratos laborales, ni tampoco el monto de los beneficios económicos para los campesinos, pues las negociaciones se realizarán de manera directa entre propietarios de las tierras y asignatarios (iniciativa privada).

Al interior del dictamen publicado por los senadores el 15 de julio también resalta la ausencia de algún organismo regulador o mediador de estos acuerdos, pues se eliminó la participación de la Procuraduría Agraria en materia de litigios sobre la propiedad, lo cual sí era contemplado en la iniciativa original turnada por la administración del presidente Enrique Peña Nieto.

Entre otras modificaciones realizadas al texto, se decidió sustituir el término “expropiación” por “ocupación temporal” de los predios donde se encuentre petróleo o gas, a pedido de las bancadas del PAN y PRI, para evitar que los campesinos puedan perderlos, dicho cambio permitiría a estos últimos recibir compensaciones por las “molestias” o daños a su propiedad; empero, no se advierte por cuánto tiempo podrán ser arrendadas las tierras por las empresas interesadas.

La serie de observaciones anteriores serán analizadas hoy por el pleno del Senado en periodo extraordinario de sesiones, con la posibilidad de llevar cabo la votación inmediata; para ello se prevé llevar a cabo sesiones con duración de nueve horas de acuerdo con lo establecido por el Congreso de la Unión.

 

A FONDO: Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley de Hidrocarburos (Artículo 101 en página 215).

MÁS INFORMACIÓN: Pleno del Senado debatirá hoy dictámenes sobre reforma energética. Arena Pública, 17 de julio del 2014.