Entrampada la Corte con Ley de Seguridad Interior y una larga lista de leyes hechas al vapor

De los 10 asuntos aceptados para revisión por parte de la SCJN, todos y cada uno de ellos se encuentran en lista de espera para resoluciones que aún no tienen fecha
1 Mayo, 2018 Actualizado el 1 de Mayo, a las 08:33
Cuatro meses después de la Ley de Seguridad Interior, el Congreso sigue aprobando leyes al vapor.
Cuatro meses después de la Ley de Seguridad Interior, el Congreso sigue aprobando leyes al vapor.
Arena Pública

La Ley de Seguridad Interior solo es una de las múltiples leyes controversiales que aprobó el Congreso durante el sexenio de Enrique Peña Nieto.

Pero también es solo una de las leyes que organizaciones civiles han pedido a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que las elimine o modifique.

La Ley de Seguridad Interior fue firmada por el presidente Enrique Peña Nieto el 21 de diciembre de 2017, después de tres sesiones de votaciones y revisiones en el pleno de ambas cámaras que dieron por aprobada la ley el 14 de diciembre de 2017, durante los últimos días de labores del Congreso y ante la prisa por cerrar un tema altamente controvertido.

 

La Suprema Corte debe realizar el trabajo legislativo que no hizo el Congreso con la Ley de Seguridad Interior.

La Suprema Corte debe realizar trabajo legislativo extra con Ley de Seguridad Interior.

 

La lista de organizaciones e instituciones que se opusieron públicamente a la promulgación de la ley va desde organizaciones civiles nacionales, como Mexicanos contra la Corrupción y la Impunidad, hasta otras de de talla internacional como la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas.

Sin embargo la votación -hecha al vapor- en las cámaras pudo haber tenido otro final, con mejoras en lo particular y atendiendo las sugerencias de la sociedad civil. Tiempo había. Las iniciativas para esta ley se presentaron hace cerca de un año, el 8 de noviembre de 2016 por parte de diputado del PRI, y fue una de las más antiguas en la agenda sobre seguridad interior.

 

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Más aún, en febrero de 2017 se realizaron dos reuniones de trabajo con miembros de la Sociedad Civil que posteriormente se declararon en contra de lo aprobado pues no reflejaban los consejos de estas organizaciones, entre ellos la asociación Ciudadanos por una Causa en Común, Dejemos de Hacernos Pendejos, Fundación México Unido contra la Delincuencia A.C. y el Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia.

Como un último acto, opositores de la ley dentro del congreso, partido políticos, así como defensorías y comisiones de derechos humanos presentaros controversias y acciones de inconstitucionalidad frente a la Suprema Corte, misma que aún no ha resuelto.

De los 10 asuntos aceptados para revisión por parte de la Corte, todos y cada uno de ellos se encuentran en lista de espera para resoluciones que aún no tienen fecha.

 

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Y es que el procedimiento señala que es necesario que la Corte designe a un ministro quien de seguimiento a los alegatos realizados para posteriormente preparar un proyecto sobre cómo deberían ser resueltas las controversias de constitucionalidad y acciones de inconstitucionalidad.

Una vez hecho esto, se lleva a votación en el Pleno de la Corte y se pide a las autoridades responsables hacer las modificaciones correspondientes, tal como ocurrió con la Ley de Publicidad Oficial; otra de las leyes que también han sido cuestionadas por su contenido y y el procedimiento que siguió el Congreso para su aprobación.

Ahora la confección de la Ley de Seguridad Interior, así como de la Ley de Publicidad Oficial, y de otras tantas, tendrán que ser revisadas por la SCJN en términos de su constitucionalidad para su efectiva aplicación. Una tarea que se ha convertido en práctica común dado el trabajo, en muchas ocasiones, desaseado del Congreso.

 

MÁS INFORMACIÓN: Suprema Corte de Justicia, Comité de Transparencia, acciones de insconstitucionalidad y controversias constitucionales recibidas y aceptadas sobre Ley de Seguridad Interior. 

MÁS INFORMACIÓN: Índice de recursos pendientes de resolver por la SCJN. 

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