Con leyes discriminatorias quiere regularse el alquiler de vientres en México

Actualmente hay dos propuestas de ley para regular las técnicas de reproducción asistida a nivel federal pendientes de ser discutidas y aprobadas, pero ambas discriminan a parejas del mismo sexo, solteros y extranjeros.
30 Noviembre, 2017 Actualizado el 1 de Diciembre, a las 12:11
Tres padres solteros israelíes que padecieron la regulación para la reproducción asistida en México (Imagen GIRE)
Tres padres solteros israelíes que padecieron la regulación para la reproducción asistida en México (Imagen GIRE)
Arena Pública

Como si el deseo de tener un hijo y no poder procrearlo fuera insuficiente viacrucis, en México los ciudadanos tienen que padecer además el desamparo de la ley.

Alrededor de 17% de las parejas en el país sufre de infertilidad, es decir, han tenido relaciones sexuales por más de un año sin anticonceptivos y no logran el embarazo, según la definición de la Organización Mundial de la Salud (OMS).

Tan solo el hospital de La Raza atiende anualmente a un promedio de 12 mil parejas con tratamientos contra la infertilidad de acuerdo con datos del IMSS.

Contratar a una mujer que deseé gestar a un niño ajeno es una oportunidad para las personas o parejas que desean ser padres o madres conocida como gestación subrogada.

A nivel federal no existe una ley vigente que regule el alquiler de vientres ni cualquier otro método de reproducción asistida, de acuerdo con el informe Gestación subrogada en México, resultados de una mala regulación, elaborado por el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) en junio 2017.

Los ciudadanos que recurren a cualquier técnica de reproducción asistida lo hacen bajo su propio riesgo, con la posibilidad de que en el proceso sean violados sus derechos humanos, la misma desprotección que sufren las mujeres que alquilan su vientre y los médicos involucrados.

La ausencia de normas provoca que cada institución establezca de manera arbitraria sus requisitos de acceso a tratamientos de reproducción asistida, en varios casos de forma discriminatoria para solteros, parejas del mismo sexo o heterosexuales fuera del matrimonio, documentó GIRE.

En la Clínica de Especialidades de la Mujer del ISSFAM, por ejemplo, solo pueden acceder a los tratamientos parejas legalmente constituidas; en el Instituto de Perinatología de la Secretaría de Salud además de tener que estar casadas solo admiten a parejas conformadas por un hombre y una mujer.

En el Centro Médico Nacional 20 de noviembre del ISSSTE las personas no pueden iniciar un tratamiento si sobrepasan un límite máximo de hijos previos, también se niega el servicio a las mujeres mayores de 35 años.

Actualmente hay dos propuestas de ley para regular las técnicas de reproducción asistida a nivel federal, entre ellas el alquiler de vientres, pero están en la congeladora, es decir, pendientes de ser discutidas y aprobadas.

 

Propuesta del Senado discrimina a homosexuales, solteros y extranjeros

En la comisión de Salud de la Cámara de Diputados se encuentra pendiente de revisión una minuta que fue creada y aprobada en el Senado en abril de 2016, a través de la cual se reforma la Ley General de Salud para regular la reproducción asistida como un tema de salud, no en materia civil como en la normatividad de Tabasco.

 

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Uno de los principales problemas de la propuesta es que establece un requisito ambiguo para que las personas puedan acceder a los tratamientos de reproducción asistida, que tengan una "indicación médica", el cual podría interpretarse como un diagnóstico de infertilidad.

Si el acceso a la reproducción asistida se entiende como una solución para las personas con una enfermedad que les impide reproducirse –infertilidad- y no como una opción para quienes tienen un impedimento biológico para tener hijos, entonces los tratamientos se limitarán a parejas heterosexuales y se discriminará a solteros y parejas homosexuales, explica GIRE.

Sin embargo, la propuesta del Senado ofrece avances importantes como la creación de un Registro Nacional de Reproducción Asistida, pues actualmente no hay información estadística; tampoco tiene restricciones de estado civil para acceder a los tratamientos.

Específicamente en materia de gestación subrogada la propuesta limita a las mujeres gestantes a participar en solo dos ocasiones en estos acuerdos, a no recibir ningún tipo de compensación, excepto los gastos médicos y a no gestar para parejas extranjeras.

 

En México las dos propuestas para regular la gestación subrogada incluyen requisitos discriminatorios.

 

Propuesta de Diputados, mujeres deben pedir permiso a su pareja

La propuesta está dictaminada por la comisión de Salud de la Cámara de Diputados, pero falta que se apruebe en el pleno y luego que pase al Senado para su discusión y aprobación.

Los principales problemas de esta regulación son que para acceder a los tratamientos de reproducción asistida las parejas requieren de un diagnóstico de infertilidad; prohíbe el uso de semen de personas distintas a la pareja -aunque no de óvulos- y exige que las mujeres casadas pidan la aprobación de su cónyuge para someterse.

En cuanto a la gestación subrogada el dictamen establece los mismos requisitos que la minuta del Senado para las mujeres gestantes y agrega uno más, que exista un vínculo de parentesco entre esta y alguno de la pareja.

 

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A nivel estatal los contratos de gestación subrogada están permitidos en Tabasco y Sinaloa, ambos cuentan con una regulación en materia civil que es deficiente según GIRE, pues al igual que las propuestas de regulación federal son discriminatorias y no ofrecen suficiente protección jurídica.

La legislación de Tabasco por ejemplo, solo permite que las mujeres gestantes tengan entre 25 y 35 años, así como que las contratantes tengan entre 25 y 40 años.

Exige que la madre y el padre firmen un contrato con la mujer gestante, es decir, se excluye a parejas homosexuales y solteros, así como a extranjeros porque solo los mexicanos pueden acceder al alquiler de vientres.

 

Canadá, ejemplo de inclusión

La legislación canadiense admite la figura de gestación altruista, un contrato a través del cual una mujer sin recibir pago alguno acepta procrear el hijo de otro.

A diferencia de México no hay discriminación, pueden firmar el contrato parejas del mismo sexo, solteros e incluso extranjeros.

 

A diferencia de Canadá, en México los tratamientos de reproducción asistida discriminan a parejas homosexuales.

 

El único requisito es que la mujer gestante tenga más de 20 años, además, se le puede pagar los gastos médicos y otros como ropa o suplementos alimenticios siempre y cuando los compruebe.

En Canadá se prohíbe la publicidad del servicio o la intermediación de agencias con fines de lucro, también la venta de espermas, óvulos y embriones.

Mientras tanto en México, en tanto el Congreso y la Secretaría de Salud no atiendan su obligación de impulsar una ley para regular los tratamientos de reproducción asistida, privarán a los ciudadanos de ejercer su derecho a fundar una familia, a la autonomía reproductiva, la salud y a beneficiarse del progreso científico, asegura GIRE.

 

MÁS INFORMACIÓN: Gestación subrogada en México, resultados de una mala regulación, GIRE, junio 2017.

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