Le llueve sobre mojado a Constitución de CDMX, impugnados 40 de 71 artículos

La Suprema Corte de Justicia de la Nación recibió siete impugnaciones en contra del documento que entrará en vigor el 17 de septiembre de 2018.
7 Agosto, 2017 Actualizado el 8 de Agosto, a las 10:10
Las autoridades de la CDMX ya la presumen, pero la Constitución local debe aún librar el obstáculo de las impugnaciones en la Corte.
Las autoridades de la CDMX ya la presumen, pero la Constitución local debe aún librar el obstáculo de las impugnaciones en la Corte.
Arena Pública

¿Intento de sabotaje o preocupación real por inconsistencias, errores o invasión de facultades? La Constitución de la Ciudad de México deberá pasar varios obstáculos en la Suprema Corte de la Nación para que efectivamente entre en vigor y se aplique en la capital del país.

Siete instituciones promovieron ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación impugnaciones al texto elaborado por el Congreso Constituyente y publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 5 de febrero de 2017.

En total, las impugnaciones cuestionan la legalidad de 40 de los 71 artículos del texto constitucional y ahora tocará a la SCJN revisar los argumentos a favor y en contra para determinar la validez o no de cada uno de los rubros impugnados.

El tiempo apremia debido a que falta poco más de un año para que entre en vigor la Constitución local.

 

Impugnaciones variopintas

Si se trata de un intento de boicot a la Constitución, vale la pena señalar el poder de convocatoria que tendría esta estrategia, pues las instituciones que presentaron impugnaciones son del más diverso espectro político.

 

El 5 de febrero de 2017 se publicó la Constitución de la CDMX, pero faltaba la oleada de impugnaciones.

 

Dos partidos políticos. Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) y Nueva Alianza presentaron quejas ante la SCJN por el documento final; por parte del Poder Ejecutivo, tanto la Procuraduría General de la República (PGR), como la Consejería Jurídica de la Presidencia, acudieron a la corte para que se revisaran algunos artículos del texto constitucional.

Además, la Comisión Nacional de los Derechos Humano (CNDH), el Senado de la República y el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México (TSJCDMX) presentaron quejas sobre el contenido de la Constitución local.

 

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“Esta situación ha generado un debate público en el que las voces a favor han expresado su beneplácito por el hecho de que la revisión de la SCJN servirá para dar ‘mayor legitimidad’ al propio texto constitucional, mientras que los detractores de las impugnaciones consideran que se trata de una maniobra del Ejecutivo federal y otras instancias gubernamentales para ‘sabotear’ la Constitución local, y que obedecen a motivos político-ideológicos, más que jurídicos”, resumen un estudio del Instituto Belisario Domínguez que analiza las impugnaciones.

 

¿De qué se quejan?

A Morena no le gusta que el Congreso de la Ciudad de México vaya a ser el que mayor porcentaje de diputados plurinominales tenga en todo el país. La Constitución de la CDMX establece que la mitad de los 66 legisladores locales sean electos por esta vía (actualmente son 26 de 66).

El promedio en las otras 31 legislaturas estatales es de 60% de diputados de mayoría relativa y 40% de representación proporcional, según un estudio del Instituto Mexicano para la Competitividad. Le entidad con mayor porcentaje de diputados plurinominales en la actualidad es Jalisco con 49% y la que menos legisladores tiene por esta vía es Baja California Sur, con 24%.

 

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La acción de Inconstitucionalidad de Morena es para el artículo 29 de la Constitución local y advierte que el documento no ha sido sometido a referéndum y que la designación de los diputados constituyentes no respetó la cifra de 60 por voto directo.

Nueva Alianza presentó otra acción de inconstitucionalidad por los artículos 53 y 54 de la Constitución local en el que pide que el cabildo de la Ciudad de México sea eliminado, mientras que las reglas para integrar las planillas de los concejos delegacionales deben ser modificadas a fin de evitar una mayor burocracia e incremento de los gastos en nómina.

Por la vía de la acción de inconstitucionalidad, la CNDH impugnó cuatro artículos con el argumento de que la Constitución viola la obligación de respetar el derecho de acceso al sistema constitucional no jurisdiccional de protección y garantía de protección de los ciudadanos, entre otros.

 

Alejandro Encinas encabezó los trabajos de elaboración y redacción de la Constitución de la CDMX.

 

Sin embargo, la impugnación de la PGR es la más importante, pues cuestiona la constitucionalidad de 39 conceptos que incluye el documento para la CDMX.

En la acción de inconstitucionalidad que presentó el organismo encabezado por Raúl Cervantes se argumenta que la regulación de los derechos humanos a nivel local altera el sistema constitucional y convencional al que está sujeto el Estado mexicano, además de que el documento invade facultades del Congreso de la Unión sobre procuración de justicia; justicia para adolescentes y ejecución de sanciones.

Según la PGR la Constitución local también incluye temas como la revocación de mandato que no está contemplado en la Constitución federal, así como el matrimonio igualitario que es un tema aún en debate en el Congreso de la Unión.

 

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Por la vía de la controversia constitucional, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal impugnó 12 artículos de la Constitución local.

Según sus argumentos, el documento invadió la esfera de competencia de la federación, al incluir temas que son exclusivamente federales o que corresponden a leyes generales que se deben expedir.

Entre los temas más polémicos se encuentra el otorgar al Congreso local la facultad de legislar materias que son atribución del Congreso de la Unión tales como ejecución de sanciones penales o reinserción social; y la faculta que se otorga la Comisión de Derechos Humanos local para definir cuáles son violaciones graves a los derechos humanos, cuando se trata de una facultad reservada a la CNDH.

 

La Asamblea Constituyente se instaló el 15 de septiembre de 2016 y terminó sus trabajos el 31 de enero de 2017.

 

Los dos artículos sujetos a controversia constitucional por parte del Senado se refieren a la presunta invasión de las competencias del Congreso de la Unión en materia de educación y de salud.

Particularmente también cuestionaron la validez del uso médico y terapéutico de la cannabis sativa que establece la Constitución local, pero que es una atribución del Congreso de la Unión.

 

¿Quién va a responder?

El primer debate en torno a estas impugnaciones se dio cuando la SCJN tuvo que definir quiénes serían los encargados de defender a la Constitución de la Ciudad de México.

En primera instancia el ministro Javier Laynez -encargado de analizar y elaborar los dictámenes de estas impugnaciones- determinó que la Asamblea Legislativa local y el jefe de gobierno serían las instancias demandadas a las que correspondería contestar las impugnaciones.

 

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Sin embargo, el senador Alejandro Encinas, quien fungió como presidente de la Mesa Directiva de la Asamblea Constituyente, presentó un recurso de reclamación para que se le reconociera jurídicamente como la entidad emisora de la Constitución, argumentando que, si bien cesaron sus funciones legislativas, no se han disuelto sus responsabilidades.

Por ello se aceptó reconocer la persistencia de la personalidad jurídica de la Asamblea Constituyente por lo que está legitimada para comparecer en el juicio correspondiente, mientras que a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal se le otorgó el carácter de tercero interesado.

 

El ministro Javier Laynez deberá presentar sus proyectos, los cuales serán sujetos a votación de la Suprema Corte, se necesita el voto de ocho de los 11 ministros para echar para atrás un artículo de la Constitución de la CDMX.

 

Aunque no existe un plazo límite para que la SCJN se pronuncie sobre las impugnaciones, se espera que suceda en el corto plazo, toda vez que la Constitución entraría en vigor en septiembre de 2018.

Sin embargo, la SCJN arrastra muchos pendientes, pues al 19 de mayo de 2017, tenía pendiente resolver 364 controversias constitucionales que datan del periodo 2012-2017, y 136 acciones de inconstitucionalidad admitidas entre 2000 y 2017.

Habrá que esperar los tiempos de la Corte para saber si la Constitución de la Ciudad de México se queda como está o habrá que hacerle cambios para que no viole otros preceptos constitucionales.

Sin embargo, hay que señalar que se necesita el voto de ocho de los 11 ministros de la SCJN para invalidar cualquier artículo de la Constitución local.

 

MÁS INFORMACIÓN: Las impugnaciones a la Constitución Política de la Ciudad de México, Instituto Belisario Domínguez, 7 de junio de 2017.

MÁS INFORMACIÓN: Constitución Política de la Ciudad de México, Gaceta Oficial de la Ciudad de México, 5 de mayo de 2017.

MÁS INFORMACIÓN: Informe legislativo 2017, Instituto Mexicano para la Competitividad, junio de 2017.

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