SCJN batea consultas de PRD y Morena

La decisión fue tendenciosa y partidaria, según Cuauhtémoc Cárdenas.
30 Octubre, 2014 Actualizado el 30 de Octubre, a las 19:26
En dos días, la SCJN ha determinado como inconstitucionales tres consultas populares con el mismo argumento: afectan los ingresos del Estado.
En dos días, la SCJN ha determinado como inconstitucionales tres consultas populares con el mismo argumento: afectan los ingresos del Estado.
Arena Pública

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no dio sorpresas, declaró inconstitucionales las consultas populares del Partido de la Revolución Democrática (PRD) y el Movimiento de Renovación Nacional (Morena) que pretendían dar marcha atrás a la Reforma Energética.

Para las elecciones intermedias de 2015 el PRD buscaba preguntarle al electorado: ¿Está de acuerdo en que se mantengan las reformas a los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución en materia energética?

Morena, por su parte, quería sondear los ánimos preguntando:¿Estás de acuerdo o no en que se otorgue contratos o concesiones a particulares, nacionales o extranjeros, para la explotación del petróleo, el gas, la refinación, la petroquímica y la industria eléctrica?

Por nueve votos contra uno en ambos casos la SCJN determinó en consenso casi generalizado que el modificar la Reforma lo haría también sobre los ingresos del Estado; materia no sujeta a este tipo de deliberación democrática, en opinión de la Corte.

Este mismo argumento fue utilizado para desechar el miércoles la propuesta de consulta popular del Partido Acción Nacional (PAN) sobre si se debe elevar o no el salario mínimo.

Sobre las resoluciones del Poder Judicial, Cuauhtémoc Cárdenas, fundador del PRD, comentó que ésta fue una interpretación “tendenciosa y partidaria”, así como “contraria a derecho y la lógica”.

De acuerdo a la Ley Federal de Consulta Popular, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en marzo de este año, cualquier tema de interés nacional podrá ser sujeto a consulta salvo la restricción de los derechos humanos reconocidos en la Constitución, la seguridad nacional, la organización y funcionamiento del ejército, la materia electoral, los ingresos y gastos del Estado y los principios del artículo 40 constitucional —que habla sobre las cualidades de la República—.

Indignado, Cárdenas aseguró que salvo la excepción del ministro José Ramón Cossío Villegas —quien votó en contra de la inconstitucionalidad de las consultas de la izquierda— los ministros de la Corte deberían renunciar a su cargo y dejar en su lugar a personas que respondieran “al derecho recto”.

Ante el panorama, añadió que la izquierda buscará derogar la Reforma Energética mediante los caminos institucionales, específicamente mediante la obtención de la mayoría partidaria en el Congreso en los próximos comicios para renovar la Cámara de Diputados a mediados de 2015.

En el caso del presidente del PRD, Carlos Navarrete, declaró que acudirán a la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) para presentar un recurso para revertir la decisión.

Queda ahora pendiente saber si la Corte determinará lo mismo sobre la consulta popular del Partido Revolucionario Institucional (PRI) para sondear la opinión pública de si se deben eliminar 100 diputados y 32 diputados plurinominales, ya que de hacerlo se afectan los gastos del Estado.

 

MÁS INFORMACIÓN: SCJN: inconstitucional la consulta popular sobre salario mínimo. Nota de Arena Pública del 29 de octubre de 2014.