Limite a deducciones, comprobante fiscal, desaparición de Repecos y otros cambios fiscales en 2014

<p>El a&ntilde;o nuevo recibi&oacute; a los contribuyentes con una serie de cambios fiscales derivados de la reci&eacute;n aprobada reforma fiscal que a partir del 2014, sin excepci&oacute;n, tendr&aacute; que acatarse en el pa&iacute;s. El socio de Salles Sainz Grant Thornton, Mario Rizo, hizo un recuento de algunas de las modificaciones principales.</p>
7 Enero, 2014 Actualizado el 7 de Enero, a las 15:20
Mario Rizo, de Grant Thornton, recordó que cualquier contribuyente tiene la posibilidad de un amparo contra la reforma fiscal.
Mario Rizo, de Grant Thornton, recordó que cualquier contribuyente tiene la posibilidad de un amparo contra la reforma fiscal.
Arena Pública

Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI). A partir del 2014, los contribuyentes podrán hacer deducciones únicamente con el CFDI, ya no con medios alternativos como estados de cuenta, comprobantes impresos con código de barras bidimensional y comprobantes fiscales digitales-CFD. Los recibos de nómina también tendrán que emitirse mediante CFDI.

Adiós al régimen de pequeños e intermedios contribuyentes. Ambos regímenes se eliminan para dar paso a otro llamado de incorporación fiscal, aplicable a quienes venden productos o presten servicios con ingresos de hasta dos millones de pesos anuales, en este régimen podrán permanecer hasta por 10 años fiscales, no aplica para quienes para su actividad requieran título profesional.

Los contribuyentes efectuarán bimestralmente sus pagos provisionales sobre una base de flujo de efectivo, el primer año no pagaran el impuesto; a partir del segundo año pagaran el 10% del impuesto, el tercero el 20% y así consecutivamente hasta pagar el 100% del impuesto en el onceavo año.

Limite a deducciones personales. Ahora sólo se podrá deducir hasta 24 mil 500 pesos (4 salarios mínimos elevados al año) o el 10% de los ingresos anuales -la cantidad que sea menor- siempre y cuando los gastos sean pagados a través de cheques, transferencias o tarjetas.

Desaparece deducción inmediata de inversión. Las inversiones sólo podrán deducirse aplicando como porcentaje máximo los establecidos en la Ley del ISR.

Disminuye el deducible de automóviles. De 175 mil a 130 mil pesos. La deducción por renta de autos se ajusta a 200 pesos diarios.

Auto-notificación de asuntos fiscales. El contribuyente adquiere la obligación de consultar constantemente una herramienta electrónica creada por el SAT llamada Buzón Tributario, a través del cual le notificaran promociones, solicitudes, avisos, requerimientos, consultas, recursos de revocación entre otros.

La autoridad podrá realizar revisiones electrónicas por este medio que entrará en vigor el 30 de junio de 2014 para personas morales y el 1 de enero de 2015 para personas físicas.

Contabilidad en página del SAT. Ahora la contabilidad deberá llevarse de manera electrónica e ingresarse a la página del SAT de forma mensual.

Depósitos a tarjetas de crédito ahora se consideran gastos, además de las erogaciones que actualmente están en esta clasificación: adquisición de bienes, depósitos en cuentas bancarias, inversiones financieras y tarjetas de crédito.

Se reduce deducibilidad en pago de salarios de 100% hasta 53%. Actualmente sólo se deducirá el 47% del pago a los trabajadores, siempre y cuando estos ingresos estén exentos de impuestos a los empleados. La deducibilidad podrá aumentarse hasta el 53% si las prestaciones que se otorgan a los empleados exentas de impuestos no disminuyen respecto de las otorgadas en el 2013.

Los vales de despensa solo serán deducibles cuando se otorguen a través de monederos electrónicos autorizados por el SAT.

Los salarios mayores a dos mil pesos serán deducibles únicamente si se pagan con cheque nominativo, es decir, con la leyenda “para abono en cuenta”, o por transferencia electrónica, tarjeta de crédito, débito o servicios, así como de monederos electrónicos autorizados por el SAT.

Mario Rizo, de Grant Thornton, recordó que cualquier contribuyente tiene la posibilidad de un amparo contra las modificaciones pues, en su opinión, vulneran los derechos humanos de los contribuyentes al dar trato igual a los diferentes y al ponderar la forma sobre el fondo.

 

A FONDO: Lea aquí el recuento del socio de SS Grant Thornton.